Sobre la legalidad de modificar el Hardware de dispositivos electrónicos
Leo en elmundo.es una noticia sobre una auto judicial en la Audiencia de Valencia que desestima una denuncia por modificar una consola Play Station.
Parece que la resolución ha sido en este sentido debido que, aunque según el artÃculo 270.3 del Código Penal se debe condenar “a quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio especÃficamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artÃculo”, estos chips permiten asimismo otros usos legÃtimos del dispositivo.
Por otro lado, pese a que parece no haber tenido que ver en el resultado del juicio, sale de nuevo a colación el controvertido y costoso tema de las copias privadas y los sistemas anticopia.


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